A.I.U
Creada exclusivamente para efecto de
determinar la base gravable en el impuesto a las ventas en
determinados hechos. De hecho, las únicas normas que hablan sobre el A.I.U son
la ley 788 de 2002, y los decretos 1372 de 1992 y 522 de 2003, todas
normas tributarias. Esto quiere decir que contablemente es indiferente si se
utiliza o no la figura del A.I.U en un contrato. En cualquier caso la
contabilización será la normal. Así, si se firma un contrato en el que se pacta
la clausula del A.I.U, se contabilizará como ingreso la totalidad del valor del
contrario, y como costo o gasto, los egresos en que se incurra para
ejecutar el contrato, en otras palabras, la contabilización es igual a
cualquier otra. El A.I.U se utiliza exclusivamente para determinar el IVA, el cual se calculará sobre el A.I.U. Ni siquiera se tiene en cuenta el A.I.U
para efectos del impuesto de renta, puesto que para ello se tomará como ingreso
tributario la totalidad del valor del contrato, el mismo valor contabilizado, y
como deducción se tomarán las erogaciones que resulten procedentes según las reglas generales aplicables a las deducciones
En otras palabras el A.I.U no se
contabiliza. No hay una cuenta a la cual se deba llevar el valor del A.I.U. El
A.I.U se registrará en algún auxiliar o anexo que permita posteriormente a la
administración de impuestos determinar la base gravable aplicada en caso de
requerirlo, pero no habrá una cuenta especial de ingresos para ello. Si por
ejemplo se firma un contrato por 10 millones de pesos de los cuales 2
corresponden al A.I.U, a la cuenta 41 se llevarán esos 10 millones, y a la
cuenta 51 o 52 se llevarán los gastos que se presenten. Además de contabilizar
el Iva y las retenciones del caso.
CONTRATO DE OBRA
El contrato de obra es un modelo de
contrato que regula la contratación de una empresa o profesional para la
realización de una obra determinada. El contrato de obra incluye las siguientes
actas de gran utilidad para los contratantes: a) Acta de Recepción Provisional,
b) Acta de Recepción Provisional (con defectos de construcción), c) Acta de
Recepción Definitiva y d) Acta de Recepción Definitiva (no existencia de Acta
de Recepción Provisional). Extensión: 40 páginas.
-
Partes intervinientes.
-
Parte expositiva.
-
Cláusulas:
1.
Objeto
2.
Plazo de ejecución de las obras
3.
Precio
4.
Modificaciones o ampliaciones de las obras
5. Recepción
de la obra
6.
Obligaciones del constructor
7.
Obligaciones del cliente
8.
Materiales
9. Personas
de contacto
10.
Responsabilidad
11.
Resolución del contrato
12.Garantía
13.
Inexistencia de la relación laboral
14. Cláusula
penal
15. Prima
16.
Publicidad frente a terceros
17. Cesión
18. Ley
aplicable y jurisdicción competente
19.
Notificaciones
20. Gastos e
impuestos
Anexo: Detallar
las obras contratadas
Anexo: Los
materiales
Anexo: Acta
de recepción provisional
anexo: Acta
de recepción provisional (con defectos de construcción)
Anexo: Acta
de recepción definitiva
Anexo: Acta de recepción definitiva(no
existencia de acta de recepción provisional)
Los
contratos de consultoría son los que se refieren a estudios requeridos previamente
para la ejecución de un proyecto de inversión, a estudios de diagnóstico,
prefactibilidad o factibilidad para programas proyectos especificados así como a
las asesorías técnicas y de coordinación.
Son
también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría,
asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la
ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos. Ninguna orden del
interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el
interventor entregar por escrito sus ordenes o sugerencias y ellas deben
enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato.
IVA
Es
un impuesto indirecto que grava las ventas de bienes o la prestación de
servicios en el territorio nacional ; igualmente grava las importaciones de
bienes muebles en el territorio nacional , la tarifa general es del 16%,
existiendo tarifas diferenciales del 2%, 5%,10%, 20%, y Tarifas superiores para
vehículos nacionales o importados.
El
responsable puede descontar el Impuesto a las ventas que le es facturado en los
bienes y servicios.Hay
dos regímenes vigentes que son : los Contribuyentes del régimen Común y los
Contribuyentes del régimen simplificado
Los
primeros son responsables del recaudo a través de la facturación y el régimen
Simplificado se aplica a personas naturales que venden productos o prestan
servicios gravados que por no llegar a determinados montos señalados de
ingresos gravados por $ 63.660.000 o bien consignaciones en el año por $
84.880.000 están catalogados como pertenecientes a éste régimen, los cuales son
proveedores de bienes y servicios sin obligación de declarar y de liquidar
impuesto a las ventas.Los
contribuyentes pertenecientes al régimen común presentan declaraciones
bimestrales.
APU
ANÁLISIS
DE PRECIOS UNITARIOS
Para
lograr un buen aprovechamiento en el
análisis de precios unitarios (APU), es necesario desglosar el costo por sus
integrantes los cuales se dan en el diagrama general de balance de una obra. El
diagrama general de balance de obra presupone el inicio, lo cual puede ser un
proyecto de investigación, un proyecto para construcción o un servicio. Dado
a que el análisis de un costo es, en forma genérica la evaluación de un proceso
determinado, sus características serán:
El
análisis de costo es: aproximado, específico, dinámico, puede elaborarse
inductiva o deductivamente. El costo está precedido de costos anteriores y éste
a su vez es integrante de costos posteriores.
El
APU no puede estar desligado de la contabilidad, puesto que ésta es el
registro, control e información de las operaciones realizadas; es decir,
resulta ser la obtención de la información financiera; así misma, en la
actualidad la contabilidad no está comprendida como un conjunto de hechos
referidos al pasado, sino que en muchos casos prevé situaciones, siendo su
información congruente, por lo que resulta ser una eficaz ayuda a la
Administración, con sentido económico, de ahí que resulte necesario conocer y
aceptar las definiciones que ésta señala, como términos contables.
•
Costo indirecto.- Aquellos gastos que no pueden tener aplicación a un producto
determinado.
•
Costo directo.- Aquellos gastos que tienen aplicación a un producto
determinado.
Los
análisis de precios unitarios, en la justa evaluación del proceso productivo,
para que en la medida de la intervención de los precios unitarios, se haga
comparativo a escala nacional o internacional el producto ya sea un proyecto,
construcción, investigación o servicio, conscientes de la responsabilidad que
implica como eslabones de esa cadena que sin disminuir su calidad, debe
producir beneficios justos y por tanto, sanos desarrollos a nivel persona,
familia, empresa y país.
Es
quizás el instrumento más confiable para la determinación del Costo de
Reposición. El análisis consiste en desglosar en tres (3) grandes grupos,
MATERIALES, EQUIPOS Y MANO DE OBRA (Además de agregar los Costos
Administrativos y la Utilidad Empresarial).
Lo
más importante de un Análisis de Precios Unitarios es fijar el RENDIMIENTO de
la obra, o sea la cantidad de obra que se ejecutará en un día o por la unidad
de medida. Este parámetro es el más importante ya que todos los términos
gravitarán en torno a este concepto ya que se define como UNIDAD para cada
partida el Costo dividido entre el Rendimiento.
INTERVENTORIA
Se
entiende por interventoría el servicio prestado por un profesional o persona
jurídica especializada, para el control de la ejecución del proyecto
arquitectónico o de la construcción. El interventor es el representante de la
entidad contratante durante todas las etapas del proyecto: planos, etapa
previa, ejecución y liquidación.
Las
labores de interventoría son:
INTERVENTORÍA
DEL PROYECTO: Consiste en una asesoría a
la entidad contratante durante la etapa de diseño y estudios del proyecto para
garantizarle que los planos interpreten la voluntad de cliente, cumplan con sus
requisitos dentro de su disponibilidad de recursos y estén debidamente
coordinados y completos para la ejecución de la obra.
La
coordinación del proyecto es responsabilidad del arquitecto que elabora el
proyecto arquitectónico. El interventor hará una labor de revisión y asesoría a
la coordinación. El
interventor además, vigilará el cumplimiento de las actividades previas,
control de pólizas, control a los contratos de estudios técnicos y de
ingeniería y control sobre trámites municipales. El interventor podrá hacer
revisar los estudios y proyectos técnicos por especialistas y el costo de esta
revisión será por cuenta del propietario.
Interventoría
durante la construcción: El servicio de interventoría durante la construcción
comprende las funciones técnicas y administrativas, funciones complementarias e
inseparables durante la obra, por lo cual ambas deben ser realizadas por la
misma persona o entidad.
INTERVENTORÍA
TÉCNICA: En la interventoría técnica la función del interventor se encamina
velar por el correcto desarrollo de los planos y por el cumplimiento de las
normas de calidad, seguridad y economía adecuadas a la obra. En cumplimiento de
sus funciones el interventor exigirla al constructor cuando sea necesario, la
realización de ensayos y pruebas. De todos los trabajos autorizados el
interventor deberá dejar constancia escrita.
Deberá
llevar además un control a las especificaciones de materiales, a las pruebas de
las instalaciones y a la puesta en marcha de los equipos. Para el cabal
cumplimiento de sus funciones y si la complejidad del problema así lo
justifica, el interventor solicitará a la entidad contratante la contratación
de especialistas que lo asesoren en su función técnica. Los
controles a los cuales se hace referencia no relevan al constructor de su
responsabilidad de llevarlos con el detalle y precisión que exijan las normas
de calidad y los estudios técnicos de la obra. El interventor, por lo tanto,
vigilará que el constructor cumpla las normas de control y llevará los
controles adicionales que considere oportunos.
Cuando
sea necesario completar o introducir modificaciones al proyecto, el interventor
solicitará al arquitecto proyectista la elaboración de los planos y de las
especificaciones pendientes y cuidará de que en todo momento el constructor
disponga de los documentos de trabajo actualizados.
INTERVENTORÍA
ADMINISTRATIVA: El interventor velará por el cumplimiento del contrato del
constructor y supervigilará el avance de la obra para lograr que ella se
desarrolle según el programa y el presupuesto previamente aprobados. Vigilará
además el cumplimiento de las pólizas de garantía, los pagos de prestaciones
sociales, pagos de carácter fiscal a los organismos nacionales y municipales y
demás obligaciones contractuales y legales.
El
interventor autorizará las entregas de dineros al constructor y revisará los
gastos que éste haga a fin de que los dineros sean invertidos en la forma más
eficiente; autorizará la contratación de los diferentes capítulos de obra y
supervisará la administración de los subcontratos. El interventor aprobará el
pago de las cuentas a subcontratistas, trabajadores o proveedores, según las
normas establecidas en los contratos y a las disposiciones que ordene la Ley.
El interventor supervisará el almacén de la obra y exigirá al constructor los
inventarios, libros y comprobantes que permitan un adecuado control.
El
interventor revisará y aprobará los extractos contables periódicos que presente
el constructor con el objeto de verificar el paso correcto de las sumas a cargo
de la obra.
En
las obras contratadas por el sistema de precios unitarios o precio alzado, el
interventor verificará que la obra ejecutada, su calidad y su cantidad
corresponda a lo establecido en los planos, especificaciones y contrato de
construcción. Recibida una determinada obra, el interventor autorizará la
cuenta de cobro respectiva. Verificará que la obra ejecutada corresponda
proporcionalmente a los dineros entregados al contratista, dentro de los
términos estipulados en el contrato. El interventor estudiará y autorizará las
cantidades de obra, analizará y acordará con el constructor los precios de los
items no pactados en el contrato; estudiará y propondrá a la entidad
contratante las fórmulas de reajustes cuando éstas no estén pactadas y aprobará
los reajustes que surjan en el transcurso del contrato. La interventoría no
incluye el control de costos.
“La
Interventoría es la labor que cumple una persona natural o jurídica, para
controlar, exigir y verificar la ejecución y cumplimiento del objeto,
condiciones y términos de la invitación y las especificaciones del contrato,
convenio, concertaciones celebradas por las entidades públicas dentro de los
parámetros de costo, tiempo, calidad y legalidad, conforme a la normatividad
vigente”.
INTERVENTORIA
FINANCIERA: Es aquella que emite un dictamen u opinión profesional en relación
con los estados financieros de una unidad económica en una fecha determinada y
sobre el resultado de las operaciones y los cambios en la posición financiera
cubiertos por el examen la condición indispensable que esta opinión sea
expresada por un Contador Público debidamente autorizado para tal fin.
La opinión de Contador Público en la Auditoría
Financiera está fundamentada en lo siguiente:
·
Que
el balance presenta razonablemente la situación financiera de la empresa en la
fecha del examen y el resultado de las operaciones en un período determinado.
·
Que
los estados financieros básicos están presentados de acuerdo con principios de
contabilidad de general aceptación y normas legales vigentes en Colombia.
·
Que
tales principios han sido aplicados consistentemente por la empresa de un
período a otro.
INTERVENTORÍA AMBIENTAL: en
esta interventoría están quienes informarán permanentemente al contratista para
que éste efectúe las correcciones y ajustes del caso. Organizacionalmente, la
interventoría ambiental debe ser independiente de la interventoría de
construcción. Tendrá dos tipos de funcionarios en campo:
1. Un jefe de interventoría
ambiental, preferiblemente un ingeniero ambiental, con amplia experiencia en
campo, interesado en la conservación del ambiente, quien debe conocer
detalladamente el estudio de impacto ambiental y las normas ambientales. Este
debe estar en capacidad de dirimir conflictos entre el espíritu de las normas y
la eficiencia de las prácticas constructivas.
2. El jefe de interventoría
ambiental debe estar apoyado por un número variable de inspectores ambientales
-dos o tres, según el número y dispersión de los frentes de obra. Estos deberán
ser personas jóvenes, oriundos o conocedores de la región del Magdalena Medio,
preferiblemente bachilleres, interesados en la conservación de la naturaleza,
con experiencia en trabajos de campo en el río, ciénagas y caños y con dotes
para relacionarse con personal obrero. Deben poseer aptitudes para comunicación
verbal y escrita sobre los temas de su trabajo. Además deben tener licencia de
conducción de motocicleta y de operación de botes a motor.
SUPERVISION: La supervisión es
la observación regular y el registro de las actividades que se llevan a cabo en
un proyecto o programa. Es un proceso de recogida rutinaria de información
sobre todos los aspectos del proyecto. Supervisar es controlar qué tal
progresan las actividades del proyecto. Es observación, observación sistemática
e intencionada.
La supervisión también
implica comunicar los progresos a los donantes, implementadores y beneficiarios
del proyecto. Los informes posibilitan el uso de la información recabada en la
toma de decisiones para mejorar el rendimiento del proyecto.
Propósito de la supervisión:
La supervisión es vital en
la planificación e implementación del proyecto. Es como mirar a dónde se va
cuando se monta en bicicleta; puede rectificar la dirección con el manillar
para asegurarse de que no se sale del camino.
La supervisión proporciona
información que puede ser útil para:
- Analizar la situación de la comunidad y su
proyecto.
- Determinar si las aportaciones al proyecto se
utilizan bien.
- Identificar los problemas a los que se
enfrenta la comunidad o el proyecto y encontrar soluciones.
- Asegurarse de que todas las actividades se
llevan a cabo convenientemente, por las personas adecuadas y a tiempo.
- Usar las experiencias de un proyecto en otro.
- Determinar si la forma en la que se ha
planificado el proyecto es la manera óptima de solucionar el problema que nos
ocupa.