jueves, 26 de abril de 2012


A.I.U

Creada exclusivamente para efecto de determinar la base gravable en el impuesto a las ventas en determinados hechos. De hecho, las únicas normas que hablan sobre el A.I.U son la ley 788 de 2002, y los decretos  1372 de 1992 y 522 de 2003, todas normas tributarias. Esto quiere decir que contablemente es indiferente si se utiliza o no la figura del A.I.U en un contrato. En cualquier caso la contabilización será la normal. Así, si se firma un contrato en el que se pacta la clausula del A.I.U, se contabilizará como ingreso la totalidad del valor del contrario, y como costo o gasto, los egresos en que se incurra para  ejecutar el contrato, en otras palabras, la contabilización es igual a cualquier otra. El A.I.U se utiliza exclusivamente para determinar el IVA, el cual se calculará sobre el A.I.U. Ni siquiera se tiene en cuenta el A.I.U para efectos del impuesto de renta, puesto que para ello se tomará como ingreso tributario la totalidad del valor del contrato, el mismo valor contabilizado, y como deducción se tomarán las erogaciones que resulten procedentes según las reglas generales aplicables a las deducciones
En otras palabras el A.I.U no se contabiliza. No hay una cuenta a la cual se deba llevar el valor del A.I.U. El A.I.U se registrará en algún auxiliar o anexo que permita posteriormente a la administración de impuestos determinar la base gravable aplicada en caso de requerirlo, pero no habrá una cuenta especial de ingresos para ello. Si por ejemplo se firma un contrato por 10 millones de pesos de los cuales 2 corresponden al A.I.U, a la cuenta 41 se llevarán esos 10 millones, y a la cuenta 51 o 52 se llevarán los gastos que se presenten. Además de contabilizar el Iva y las retenciones del caso.

CONTRATO DE OBRA

El contrato de obra es un modelo de contrato que regula la contratación de una empresa o profesional para la realización de una obra determinada. El contrato de obra incluye las siguientes actas de gran utilidad para los contratantes: a) Acta de Recepción Provisional, b) Acta de Recepción Provisional (con defectos de construcción), c) Acta de Recepción Definitiva y d) Acta de Recepción Definitiva (no existencia de Acta de Recepción Provisional). Extensión: 40 páginas.


- Partes intervinientes.
- Parte expositiva.
- Cláusulas:
1. Objeto
2. Plazo de ejecución de las obras
3. Precio
4. Modificaciones o ampliaciones de las obras
5. Recepción de la obra
6. Obligaciones del constructor
7. Obligaciones del cliente
8. Materiales
9. Personas de contacto
10. Responsabilidad
11. Resolución del contrato
12.Garantía
13. Inexistencia de la relación laboral
14. Cláusula penal
15. Prima
16. Publicidad frente a terceros
17. Cesión
18. Ley aplicable y jurisdicción competente
19. Notificaciones
20. Gastos e impuestos
Anexo: Detallar las obras contratadas
Anexo: Los materiales
Anexo: Acta de recepción provisional
anexo: Acta de recepción provisional (con defectos de construcción)
Anexo: Acta de recepción definitiva
Anexo: Acta de recepción definitiva(no existencia de acta de recepción provisional)

Los contratos de consultoría son los que se refieren a estudios requeridos previamente para la ejecución de un proyecto de inversión, a estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas proyectos especificados así como a las asesorías técnicas y de coordinación.

Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos. Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus ordenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato.

IVA

Es un impuesto indirecto que grava las ventas de bienes o la prestación de servicios en el territorio nacional ; igualmente grava las importaciones de bienes muebles en el territorio nacional , la tarifa general es del 16%, existiendo tarifas diferenciales del 2%, 5%,10%, 20%, y Tarifas superiores para vehículos nacionales o importados.

El responsable puede descontar el Impuesto a las ventas que le es facturado en los bienes y servicios.Hay dos regímenes vigentes que son : los Contribuyentes del régimen Común y los Contribuyentes del régimen simplificado

Los primeros son responsables del recaudo a través de la facturación y el régimen Simplificado se aplica a personas naturales que venden productos o prestan servicios gravados que por no llegar a determinados montos señalados de ingresos gravados por $ 63.660.000 o bien consignaciones en el año por $ 84.880.000 están catalogados como pertenecientes a éste régimen, los cuales son proveedores de bienes y servicios sin obligación de declarar y de liquidar impuesto a las ventas.Los contribuyentes pertenecientes al régimen común presentan declaraciones bimestrales.

APU

ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS

Para lograr un buen  aprovechamiento en el análisis de precios unitarios (APU), es necesario desglosar el costo por sus integrantes los cuales se dan en el diagrama general de balance de una obra. El diagrama general de balance de obra presupone el inicio, lo cual puede ser un proyecto de investigación, un proyecto para construcción o un servicio. Dado a que el análisis de un costo es, en forma genérica la evaluación de un proceso determinado, sus características serán:

El análisis de costo es: aproximado, específico, dinámico, puede elaborarse inductiva o deductivamente. El costo está precedido de costos anteriores y éste a su vez es integrante de costos posteriores.

El APU no puede estar desligado de la contabilidad, puesto que ésta es el registro, control e información de las operaciones realizadas; es decir, resulta ser la obtención de la información financiera; así misma, en la actualidad la contabilidad no está comprendida como un conjunto de hechos referidos al pasado, sino que en muchos casos prevé situaciones, siendo su información congruente, por lo que resulta ser una eficaz ayuda a la Administración, con sentido económico, de ahí que resulte necesario conocer y aceptar las definiciones que ésta señala, como términos contables.


• Costo indirecto.- Aquellos gastos que no pueden tener aplicación a un producto determinado.
• Costo directo.- Aquellos gastos que tienen aplicación a un producto determinado.

Los análisis de precios unitarios, en la justa evaluación del proceso productivo, para que en la medida de la intervención de los precios unitarios, se haga comparativo a escala nacional o internacional el producto ya sea un proyecto, construcción, investigación o servicio, conscientes de la responsabilidad que implica como eslabones de esa cadena que sin disminuir su calidad, debe producir beneficios justos y por tanto, sanos desarrollos a nivel persona, familia, empresa y país.

Es quizás el instrumento más confiable para la determinación del Costo de Reposición. El análisis consiste en desglosar en tres (3) grandes grupos, MATERIALES, EQUIPOS Y MANO DE OBRA (Además de agregar los Costos Administrativos y la Utilidad Empresarial).

Lo más importante de un Análisis de Precios Unitarios es fijar el RENDIMIENTO de la obra, o sea la cantidad de obra que se ejecutará en un día o por la unidad de medida. Este parámetro es el más importante ya que todos los términos gravitarán en torno a este concepto ya que se define como UNIDAD para cada partida el Costo dividido entre el Rendimiento.


INTERVENTORIA

Se entiende por interventoría el servicio prestado por un profesional o persona jurídica especializada, para el control de la ejecución del proyecto arquitectónico o de la construcción. El interventor es el representante de la entidad contratante durante todas las etapas del proyecto: planos, etapa previa, ejecución y liquidación.

Las labores de interventoría son:

INTERVENTORÍA DEL PROYECTO:  Consiste en una asesoría a la entidad contratante durante la etapa de diseño y estudios del proyecto para garantizarle que los planos interpreten la voluntad de cliente, cumplan con sus requisitos dentro de su disponibilidad de recursos y estén debidamente coordinados y completos para la ejecución de la obra.

La coordinación del proyecto es responsabilidad del arquitecto que elabora el proyecto arquitectónico. El interventor hará una labor de revisión y asesoría a la coordinación. El interventor además, vigilará el cumplimiento de las actividades previas, control de pólizas, control a los contratos de estudios técnicos y de ingeniería y control sobre trámites municipales. El interventor podrá hacer revisar los estudios y proyectos técnicos por especialistas y el costo de esta revisión será por cuenta del propietario.

Interventoría durante la construcción: El servicio de interventoría durante la construcción comprende las funciones técnicas y administrativas, funciones complementarias e inseparables durante la obra, por lo cual ambas deben ser realizadas por la misma persona o entidad.

INTERVENTORÍA TÉCNICA: En la interventoría técnica la función del interventor se encamina velar por el correcto desarrollo de los planos y por el cumplimiento de las normas de calidad, seguridad y economía adecuadas a la obra. En cumplimiento de sus funciones el interventor exigirla al constructor cuando sea necesario, la realización de ensayos y pruebas. De todos los trabajos autorizados el interventor deberá dejar constancia escrita.

Deberá llevar además un control a las especificaciones de materiales, a las pruebas de las instalaciones y a la puesta en marcha de los equipos. Para el cabal cumplimiento de sus funciones y si la complejidad del problema así lo justifica, el interventor solicitará a la entidad contratante la contratación de especialistas que lo asesoren en su función técnica. Los controles a los cuales se hace referencia no relevan al constructor de su responsabilidad de llevarlos con el detalle y precisión que exijan las normas de calidad y los estudios técnicos de la obra. El interventor, por lo tanto, vigilará que el constructor cumpla las normas de control y llevará los controles adicionales que considere oportunos.

Cuando sea necesario completar o introducir modificaciones al proyecto, el interventor solicitará al arquitecto proyectista la elaboración de los planos y de las especificaciones pendientes y cuidará de que en todo momento el constructor disponga de los documentos de trabajo actualizados.

INTERVENTORÍA ADMINISTRATIVA: El interventor velará por el cumplimiento del contrato del constructor y supervigilará el avance de la obra para lograr que ella se desarrolle según el programa y el presupuesto previamente aprobados. Vigilará además el cumplimiento de las pólizas de garantía, los pagos de prestaciones sociales, pagos de carácter fiscal a los organismos nacionales y municipales y demás obligaciones contractuales y legales.

El interventor autorizará las entregas de dineros al constructor y revisará los gastos que éste haga a fin de que los dineros sean invertidos en la forma más eficiente; autorizará la contratación de los diferentes capítulos de obra y supervisará la administración de los subcontratos. El interventor aprobará el pago de las cuentas a subcontratistas, trabajadores o proveedores, según las normas establecidas en los contratos y a las disposiciones que ordene la Ley. El interventor supervisará el almacén de la obra y exigirá al constructor los inventarios, libros y comprobantes que permitan un adecuado control.

El interventor revisará y aprobará los extractos contables periódicos que presente el constructor con el objeto de verificar el paso correcto de las sumas a cargo de la obra.

En las obras contratadas por el sistema de precios unitarios o precio alzado, el interventor verificará que la obra ejecutada, su calidad y su cantidad corresponda a lo establecido en los planos, especificaciones y contrato de construcción. Recibida una determinada obra, el interventor autorizará la cuenta de cobro respectiva. Verificará que la obra ejecutada corresponda proporcionalmente a los dineros entregados al contratista, dentro de los términos estipulados en el contrato. El interventor estudiará y autorizará las cantidades de obra, analizará y acordará con el constructor los precios de los items no pactados en el contrato; estudiará y propondrá a la entidad contratante las fórmulas de reajustes cuando éstas no estén pactadas y aprobará los reajustes que surjan en el transcurso del contrato. La interventoría no incluye el control de costos.
“La Interventoría es la labor que cumple una persona natural o jurídica, para controlar, exigir y verificar la ejecución y cumplimiento del objeto, condiciones y términos de la invitación y las especificaciones del contrato, convenio, concertaciones celebradas por las entidades públicas dentro de los parámetros de costo, tiempo, calidad y legalidad, conforme a la normatividad vigente”.

INTERVENTORIA FINANCIERA: Es aquella que emite un dictamen u opinión profesional en relación con los estados financieros de una unidad económica en una fecha determinada y sobre el resultado de las operaciones y los cambios en la posición financiera cubiertos por el examen la condición indispensable que esta opinión sea expresada por un Contador Público debidamente autorizado para tal fin.

 La opinión de Contador Público en la Auditoría Financiera está fundamentada en lo siguiente:

·         Que el balance presenta razonablemente la situación financiera de la empresa en la fecha del examen y el resultado de las operaciones en un período determinado.
·         Que los estados financieros básicos están presentados de acuerdo con principios de contabilidad de general aceptación y normas legales vigentes en Colombia.
·         Que tales principios han sido aplicados consistentemente por la empresa de un período a otro.

INTERVENTORÍA AMBIENTAL: en esta interventoría están quienes informarán permanentemente al contratista para que éste efectúe las correcciones y ajustes del caso. Organizacionalmente, la interventoría ambiental debe ser independiente de la interventoría de construcción. Tendrá dos tipos de funcionarios en campo:
1. Un jefe de interventoría ambiental, preferiblemente un ingeniero ambiental, con amplia experiencia en campo, interesado en la conservación del ambiente, quien debe conocer detalladamente el estudio de impacto ambiental y las normas ambientales. Este debe estar en capacidad de dirimir conflictos entre el espíritu de las normas y la eficiencia de las prácticas constructivas.
2. El jefe de interventoría ambiental debe estar apoyado por un número variable de inspectores ambientales -dos o tres, según el número y dispersión de los frentes de obra. Estos deberán ser personas jóvenes, oriundos o conocedores de la región del Magdalena Medio, preferiblemente bachilleres, interesados en la conservación de la naturaleza, con experiencia en trabajos de campo en el río, ciénagas y caños y con dotes para relacionarse con personal obrero. Deben poseer aptitudes para comunicación verbal y escrita sobre los temas de su trabajo. Además deben tener licencia de conducción de motocicleta y de operación de botes a motor.

SUPERVISION: La supervisión es la observación regular y el registro de las actividades que se llevan a cabo en un proyecto o programa. Es un proceso de recogida rutinaria de información sobre todos los aspectos del proyecto. Supervisar es controlar qué tal progresan las actividades del proyecto. Es observación, observación sistemática e intencionada.
La supervisión también implica comunicar los progresos a los donantes, implementadores y beneficiarios del proyecto. Los informes posibilitan el uso de la información recabada en la toma de decisiones para mejorar el rendimiento del proyecto.


Propósito de la supervisión:
La supervisión es vital en la planificación e implementación del proyecto. Es como mirar a dónde se va cuando se monta en bicicleta; puede rectificar la dirección con el manillar para asegurarse de que no se sale del camino.
La supervisión proporciona información que puede ser útil para:
  •     Analizar la situación de la comunidad y su proyecto.
  •        Determinar si las aportaciones al proyecto se utilizan bien.
  •        Identificar los problemas a los que se enfrenta la comunidad o el proyecto y encontrar soluciones.
  •       Asegurarse de que todas las actividades se llevan a cabo convenientemente, por las personas adecuadas y a tiempo.
  •       Usar las experiencias de un proyecto en otro.
  •       Determinar si la forma en la que se ha planificado el proyecto es la manera óptima  de solucionar el problema que nos ocupa.




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